Nuestra empresa (una S.L.) estaba compuesta por 6 socios. Hace casi 2 años salieron 3 y vendieron sus particiapaciones por un valor cercano a los 60.000 euros.
Las participaciones quedaron pendientes de enajenar.
Ahora, transcurrido este plazo deseamos enajenarlas.
Mis preguntas:
¿Debemos adquirirlas los socios actuales al precio total de 60.000 euros o podemos fijar un precio inferior? Los socios actuales no tenemos liquido suficiente para realizar esta adquisición. ¿Podriamos enajenarlas a su valor nominal de 1510 euros?
Hola que tal,
La situación que comentas es extremadamente irregular, ya que supone un supuesto de adquisición de participaciones propias por parte de la sociedad, lo que según el Art. 40 de la Ley y salvo excepciones ESTA ABSOLUTAMENTE PROHIBIDO EN LA SL.
Lo que deberías haber hecho EN EL MISMO MOMENTO DE TENER NOTICIA DE LA VENTA Y SALIDA:
1- vender a un tercero/s esas participaciones por paquetes, en el mismo momento en el que se produjo la salida y la venta de tus socios.
2- otra opción era en el mismo momento en que tuvisteis conocimiento de la salida y enajenación de los socios proceder a la amortización de las participaciones