Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Duda sanción hacienda

6 Comentarios
 
Duda sanción hacienda
18/06/2024 23:44
Hola haber si me explico,en el caso q una persona mayor tenga una regularizar un pago más una sanción,pone una garantía para pleitear contra hacienda el total de impuesto más sanción,en el caso de q fallezca q pasaría con la sanción? No se pagaría o como ya puso el dinero ya no lo devolverían,no se si me explique bien
19/06/2024 10:57
Titotito
Buenos días,

El fallecimiento de una persona no extingue sus deudas y obligaciones. Según el Código Civil, las deudas del difunto se transmiten a sus herederos, quienes pueden aceptar la herencia de manera pura y simple, a beneficio de inventario, o repudiarla.

La garantía que se ha interpuesto para cubrir el total del impuesto más la sanción sigue vigente incluso tras el fallecimiento del deudor. Esta garantía se ejecutará si se determina la obligación de pagar el impuesto y la sanción.

Conforme la ley General Tributaria, los herederos y legatarios del causante responderán de las obligaciones tributarias pendientes de este, salvo que acepten la herencia a beneficio de inventario y la obligación tributaria se transmite a los herederos bajo las condiciones y con los requisitos establecidos en el Código Civil y en el Código de Comercio.

Los herederos tienen la posibilidad de continuar con el procedimiento judicial o administrativo que el fallecido había iniciado. Deben comunicar a la administración tributaria su intención de seguir con el proceso.

Por tanto, la sanción y la deuda tributaria no se extinguen con el fallecimiento del deudor. Los herederos serán responsables de ellas. La garantía interpuesta seguirá siendo válida y podrá ser ejecutada si no se resuelve favorablemente el recurso interpuesto. Los herederos tienen la opción de continuar con el procedimiento, aceptar la herencia a beneficio de inventario para limitar su responsabilidad o renunciar a la herencia.

(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)
19/06/2024 12:03
Titotito
Las sanciones no se heredan. Si al fallecimiento, la sanción no está pagada, los herederos no tienen que pagarla.
19/06/2024 13:43
Pepelu90
Hola la sanción pagada no está,lo q está es el total del dinero depositado en hacienda hasta q acabe el procedimiento,entiendo q si fallece, los herederos tendrán q seguir con el pleito,pero la parte q está depositado como sanción lo tendrías q devolver a los herederos no?
19/06/2024 15:41
Titotito
Hay un matiz importante: ¿está pagado o está depositado en la caja de depósitos?
Puede suceder que esté pagado e impugnado, por eso es importante el matiz.
19/06/2024 21:39
Pepelu90
Está depositado para q no sigan corriendo los intereses,mientras dura el pleito
19/06/2024 22:07
Titotito
Por lo que dices, entiendo que no está depositado sino pagado. En ese caso, sólo se recuperaría el dinero si se gana el procedimiento.