Hola, dos autónomos sanitarios independientes, con especialidades distintas, han alquilado un local comercial, siendo arrendatarios al 50%. Cada autónomo ejerce su actividad por separado en su consulta.
En la cláusula “Precio del Arrendamiento” del contrato se especifica textualmente los siguiente:
“Cada arrendatario realizará una transferencia o ingreso mensual por la mitad de la renta que esté vigente en cada momento, según la forma convenida”.
“El arrendador queda obligado a entregar a cada arrendatario la factura correspondiente, por el 50% de la renta vigente en cada momento. Este documento de pago, será remitido mensualmente a los arrendatarios por el arrendador de manera electrónica a los correos indicados anteriormente”.
Queda claro con esta cláusula que los gastos de la renta del arrendamiento se comparten al 50%.
Los arrendatarios acordaron de palabra repartir los gastos de consumo del local (luz y agua) al 50%. Para ello, uno de los arrendatarios contrató a su nombre la luz y el otro contrató el agua con objeto de repartir los gastos deducibles. Después regularizarían entre ellos los importes de las facturas de estos dos servicios con objeto de repartir el coste al 50%. Es decir, si uno paga 100€ y el otro 50€, este último tendría que devolver al primero 25€ para repartir los dos consumos al 50%. En este ejemplo, cada uno correría con un gasto de 75€.
El problema surge cuando el arrendatario que tiene a su nombre el contrato del agua, cuya factura siempre es menor que la factura de la luz, se niega a regularizar con el otro arrendatario los gastos del consumo de los dos servicios al verse beneficiado.
Dado que se han agotado todas las vías de negociación, ¿podría el arrendatario perjudicado demandar al otro arrendatario para que un juez le obligue a regularizar y compartir los gastos al 50%? ¿Tendría esta demanda garantía de éxito para el arrendatario demandante o, por el contrario, al estar cada servicio a nombre de cada arrendatario el juez daría por bueno el reparto de estos gastos aunque estén descompensados?