Mi cliente quiere iniciar la acción de divorcio y al mismo tiempo plantear una modificación de medidas, solicitanto la reducción de pensión de alimentos,esta última tiene pocas posibilidades de prosperar. ¿Planteariais las dos acciones conjuntamente con la demanda de divorcio? o ¿Por separado?, Yo me inclino conjuntamente, pero desearía que alguien más me diera su oponión razonada.Un saludo, gracias.
Yo presentaría demanda de divorcio y solicitaria la confirmacion de las medidas que convegan a tu cliente, solicitando la aminoracion de la pensión de alimentos basada en la modificación de las circunstancias en alimentante y alimentista que se hayan producido.Como sabes para la fijación del quantum de las pensiones hay que atender a las circunstancias actuales y no a las existentes en el anterior pleito de separación. La modificación debe ser no propiciada voluntariamente por cliente y no previsible cuando se fijo su importe. Espero haberte aclarado algo, yo he planteado asi varios asuntos con resultado distinto.
Entiendo que si planteas las dos acciones por separado puedes incurrir en una clara litispendencia cuando haya que resolverse sobre las medidas inherentes al divorcio, pues la parte contraria lógicamente contestará a la demanda de dirvocio interesando el mantenimiento de las medidas acordadas en el proceso de separación.
yo pienso tambien que es mejor el ejercicio conjunto de las acciones ya que cabe la petición de modifición dentro del ámbito del procedimiento de divorcio; en todo caso siempre cabrá, en caso de no prosperar la modificación, plantear ésta nuevamente en un procedimiento posterior si varían las circunstancias.- Además planterar una modificación sin muchas posibilidades podría conllevar una imposición de costas, mientras que en el ejercicio conjunto ( en todo caso te darían la disolución matrimonial ) no habría imposición de costas