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duda procesal

2 Comentarios
 
Duda procesal
02/03/2004 18:57
Hola buenas tardes, soy abogada y llevo poco tiempo ejerciendo, de hecho no me había tocado hasta ahora un tema de arrendamientos.
El caso es que los arrendatarios deben dos mensualidades de renta, les he remití una carta certificada reclamandoles el pago de la deuda y dándoles el plazo de una semana. Cuando fuimos al local a instancia de los arrendatarios a cobrar la deuda y recibir las llaves, llevé dos testigos y un fotógrafo profesional pues sabía que había desperfectos como ellos mismos me habían dicho por teléfono. El caso es que mientras se hacían fotos con su consentimiento, al presentarles un documento para que lo firmasen reconociendo los desperfectos, se negaron a firmar, y no entregaron el dinero ni las llaves.
Tengo la carta certificada reclamandoles el pago, un documento firmado por los testigos de todo lo acontecido en el local y las fotos de los desperfectos tomadas por un fotógrafo profesional en las que consta la hora y el día.
Voy a interponer una demanda de desahucio y de reclamacion de las rentas debidas, mi pregunta es: ¿puedo reclamar también al mismo tiempo los desperfectos o he de esperar a que desalojen el local?.
Muchísimas gracias por vuestras respuestas.
Un saludo.
04/03/2004 16:36
Estimada compañera, la carta certificada que comentas, no va a dar fe del contenido de la misma, por lo que los arrendatarios pueden negar la reclamación que le has enviado. El método que en mi caso vengo utilizando es el burofax, a través de correos (precio unos 20,00 euros) pero con esta vía correo te certifica el contenido de tu carta.
Igualmente este burofax te servirá para cuando en la demanda de desahucio tenga que establecer la posibilidad de enervación o no de la acción. Si transcurrido 4 meses desde la recepción del burofax el inquilino no abona, en la demanda deberás expresar que no tiene derecho a la enervación (con la nueva Ley).
En cuanto a los desperfectos, entiendo que puedes pedirlos en la propia demanda, en todo caso miraté la posibilidad de acumular acciones (en la LEC)
un abrazo.
04/03/2004 17:28
Gracias París por contestar, yo le he preguntado a mi procuradora y me ha dicho que no puedo acumular la reclamación de los desperfectos ahora,
si tu sabes algo de eso, dímelo por favor, yo no he visto nada en la LEC.
Un saludo