Les expongo mi situación actual.
El 01 de Junio dejaré el piso donde actualmente vivo. Realice un burofax avisando al propietario previamente de mi no seguimiento en el piso. El propietario firmo y tengo su copia en foto y la copia certificada de correos que lo acredita.
Ahora bien, después de realizar el burofax (lo redacte de tal forma que el 01 de Junio no continuo en XX piso)
1. Quiero ser breve y conciso. Con la propiedad de mi burofax firmado estoy legalmente fuera de este piso el 01 de Junio tal y como se firmo. ¿Cierto?
Con esto quiero decir, que ya no tengo nada que ver con este piso el 01 de Junio. Nota curiosa: en el burofax, redacté que la fianza me la entregará en nuevo inquilino. (Actualmente en el piso somos dos personas mi compañero y yo)
2. ¿Existe algún método, recurso legal para poder obtener mi fianza si surge algún problema? (Todavía nose si entrara un nuevo inquilino o no...y suponía que esa XX persona nueva entrará en 01 Junio cuando yo deje el piso. Pero al ritmo que va mi compañero de piso... tiene pinta de no estar buscando nuevos inquilinos)
3. Finalmente, estoy intentando hacer el traspaso de la compañía de la luz y el agua hacía su cuenta (traspaso de nuevo inquilino en la compañía eléctrica y agua).
Como la factura del mes anterior ya ha llegado. ¿Dispongo de algún recurso legal para obtener mi mitad?
Mil gracias, gracias de antemano.
Pase un buen día.
1.- Si, pero tendrá que entregar las llaves antes del 1 de junio para que la resolución sea totalmente efectiva.
2.- Interponer una demanda en reclamación de cantidad. Como el importe es inferior a 2000 euros puede interponerla sin abogado ni procurador, si bien en la práctica es difícil que pueda llevarla a cabo ud. solo.
3.- Lo mismo: demanda.
En primer lugar gracias por responder tan rápido. Duda solventada por el punto 1.
2 y 3. No entiendo cuando dices ''Interponer una demanda en reclamación de cantidad''.
¿Es viable hacerla mediante un modelo o template? ¿Cuáles serían los pasos a seguir para el procedimiento?.
1.- Debe reclamarla al propietario.
2.- En cuanto al modelo: puede encontrarlo googleando "modelo judicial de demanda verbal". A mí me sale en el primer enlace que es un pdf “directo” dentro de la web del CGPJ.
3.- Debe firmarlo ud.
Por ser más precisos. El modelo del que hablamos (encontre el que comentas).
1. Es si por ejemplo, se da la opción de que mi actual compañero de piso supuestamente encuentre otro inquilino (o no) ya estemos en Junio y no he recibido mi Fianza. Lo entiendo. Corrígeme si me equivoco.
2. Ahora bien, si se da la opción de que mi compañero finalmente no sigue en el piso actual, la fianza supongo, nos la deberá dar la inmobiliaria a los dos. ¿Correcto?.
3. Con el mismo modelo... ¿puedo reclamar también dinero que me debe por parte de la factura de la luz si todavía no ha pagado su parte? ¿Debería ir en burofax? ¿Dirigida en este caso a mi actual compañero?
1.- La fianza te la deberá siempre el propietario, no tu co-inquilino.
2.- no puedes acumular las dos reclamaciones porque una es contra el propietario y la otra contra tu compañero. Son dos personas distintas y por tanto dos demandas distintas.