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Duda excedencia "no existen vacantes"

7 Comentarios
 
Duda excedencia "no existen vacantes"
10/01/2025 16:42
Buenos días y feliz año!

Expongo mi caso porque no soy capaz de encontrar un letrado con un mínimo de voluntad para llevar adelante mi caso. La mayoría se limitan a querer pedir el despido con fecha de reincorporación 2022 o a recomendarme que pida más explicaciones a la empresa "porque los jueces están cabreados y son pro-empresa". Me gustaría saber si realmente se puede pelear algo más, o si no tengo más opción:

El pasado 4 de marzo de 2019 firmé contrato con la empresa.

Con fecha 26 de abril de 2021, solicito excedencia por el período de 1 año, la cual se concede el día 27 de abril.

El día 28 de abril de 2022, pasado 1 año sin haber recibido noticias de la empresa, le envío burofax solicitando mi reincorporación. El día 2 de mayo de 2022 recibo respuesta, denegando la reincorporación alegando falta de vacante de igual o similar categoría profesional, indicando que tan pronto como haya una vacante, me lo comunicarán.

Hace unos meses, abrí Facebook después de mucho tiempo, y vi que una de mis compañeras de departamento (hacíamos las mismas tareas) se jubiló en noviembre de 2022. Me consta también que otra compañera tenía una edad similar, por lo que probablemente se habrá jubilado ya. No obstante, tras esta baja, la empresa no me ha comunicado nada.

En noviembre 2023 me quedé desempleado, y al ir a solicitar la prestación por desempleo, me comunican que no me la pueden conceder por estar en situación de excedencia, por lo cual vuelvo a dirigirme a la empresa a través de Burofax solicitando la reincorporación, solicitud que ha vuelto a ser rechazada por falta de vacante de similar categoría profesional.

Paralelamente a todo esto, como la empresa no me finiquitó bien, les he estado reclamando una cantidad que me debía. No sé si esta reclamación de cantidad pudiera ser relevante, pero me da la impresión de que no quieren readmitirme por el hecho de haber reclamado una cantidad, y lo que más me preocupa es que no puedo acceder al paro en caso de que vuelva a quedarme desempleado, cosa que me causa un poco de nervios, cuando yo ya he movido ficha 2 veces y la empresa no se digna ni a despedirme, aún siendo tan fácilmente demostrable que hubo una vacante.

Sin ánimo de ofender, también me cuesta creer que un letrado no pueda ver una relación entre el hecho de haber puesto una reclamación de cantidad y que la empresa ya no quiera readmitirme, creyendo que así no sabrán más de mi.

Aclarar que ahora mismo ya estoy empleado, no deseo volver a esta empresa, pero me interesaría saber con qué fecha podría el juez darme el despido, si hay salarios de tramitación (ya sé que si he trabajado en otro sitio no existe ese derecho, pero desconozco si los salarios de tramitación tienen también consideración indemnizatoria) y por supuesto si existe algún otro tipo de indemnización (la readmisión sería un castigo jajaja).

Y por supuesto si algún letrado puede llevar mi caso sin resoplar y sin decirme "el juez se puede enfadar" o que acepte la primera birria que me ofrezca la empresa, o ayudarme a llevarlo yo solo, estoy abierto a propuestas.
11/01/2025 13:03
goreneko
Su caso tiene mucha tela, pero no es tan descabellado como para que le anden resoplando los abogados. Aquí hay dos problemas gordos: primero, que la empresa no le avisó de las vacantes; y segundo, que parece que la reclamación de dinero les sentó como un tiro. Y sí, se puede pelear, pero hay que entrarle con las cosas claras.
El tema de la reincorporación

Cuando uno pide excedencia, no pierde el trabajo; pierde el puesto mientras dura la excedencia. Al final, tiene derecho preferente a reingresar si hay vacantes de igual o similar categoría (artículo 46.5 ET). La clave es si hubo vacantes. Que se jubilen compañeras es una pista evidente de que sí las hubo, pero su empresa, muy lista, no le ha dicho ni pío. Esto es incumplir sus obligaciones, y aquí ya hay chicha para demandar.
El pique de la reclamación de dinero

Si usted reclamó lo que le debían y, casualidad de la vida, no le readmiten cuando hay vacantes, huele a represalia. Esto ya no es solo incumplir, sino pisotear derechos fundamentales. Si se prueba (ojo, si se prueba), esto sube la indemnización y el castigo. Eso sí, demostrar la relación entre ambas cosas no es fácil.
¿Qué puede hacer?

Demanda por extinción del contrato:
La empresa no le ha readmitido habiendo vacantes. Esto es incumplir el contrato, y por eso puede pedir que el juez lo extinga, con una indemnización como si fuera despido improcedente (33 días por año desde 2012). La fecha clave puede ser:
Abril de 2022, cuando pidió reincorporarse.
Noviembre de 2022, cuando hubo vacantes evidentes.
Esto lo decidirá el juez según las pruebas.

Demanda por vulneración de derechos fundamentales:
Si puede enlazar la reclamación de dinero con su no readmisión, podría pedir indemnización por daño moral. Aquí, cuanto más sólida sea la conexión, mejor.

Negociar:
Si no quiere volver a ver a la empresa ni en pintura, podría usar la vía judicial para presionarles y cerrar el tema con una indemnización.

¿Qué pasa con los salarios de tramitación?

Si estuvo sin trabajar desde que pidió la reincorporación y la culpa fue de la empresa, podría pedirlos. Pero solo cuentan si el juez dice que fue un despido improcedente o similar.
Si estuvo trabajando en otro sitio, olvídese, porque ya no proceden. Y no, esto no tiene nada que ver con las indemnizaciones; son cosas distintas.

Opinión personal

Aquí tiene margen para pelear algo más que la birria que probablemente le quieren ofrecer. Lo de que los jueces "están pro-empresa" es un mantra de algunos abogados que no quieren complicarse la vida. Es cierto que los jueces no son magos y necesitan pruebas claras, pero en su caso tiene argumentos sólidos: las vacantes no notificadas y la sospechosa coincidencia con la reclamación de dinero.
11/01/2025 14:09
Hay algo que no entiendo. Dice que pidió la excedencia un 26 de abril de 2021 y que se la conceden el día 27. Durante el primer año se tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo, pero solicitó el reingreso el 28 de abril de 2022... si lo hubiera solicitado un día antes estaban obligados a readmitirle. Dice que lo hizo el día 28 "...pasado 1 año sin haber recibido noticias de la empresa...", cuando es el trabajador el que tiene que solicitar el reingreso, la empresa no se lo va a recordar.

Transcurrido el año, que es su caso, se tiene "derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa". Si tiene conocimiento de esas personas que se han jubilado, para que prosperase su denuncia la empresa deberá haber cubierto esas vacantes, ya que la empresa podría haber amortizado esas plazas si ya no las considera necesarias y no contratar a nadie, en cuyo caso no hay ese "derecho preferente" al reingreso.
11/01/2025 18:21
Verá opino como markk9, el que tenga reclamaciones ante la empresa eso le serviría como dcho de indemnidad pero no todos los jueces ven esa vulneración por represalias como tal.
Luego hablamos de que usted es conocedora de que se ha retirado una compañera de su mismo grupo laboral, bien puede ser que la empresa amortizase el puesto por r no tener necesidad de cubrir la plaza o incluso que hayan contratado un operario y que uno de los operarios lo ascendiesen a ocupar su puesto en oficinas, (quien hace la ley hace la trampa), a parte de lo de la fecha que comenta mark9 por lo que ya no sería un dcho preferente, luego dice usted que porqué la empresa, si no tiene plazas, no le despide, lógico porque tenerle a usted en ese estado, (ni despedido, ni le dan plaza), les viene muy bien, si quiere se va usted, luego hablamos de demandar y demostrar todo esto, bueno hay que demostrarlo, lo que para usted es evidente luego entre jueces y leguleyos ya no se ve tan claro.
Por último que demande y consiga un improcedente, muy bien la empresa o indemniza o readmite, bien, mañana preséntese en su puesto, ah claro que a usted no le interesa, mala suerte, las excedencias voluntarias son un peligro para el trabajador, nos vamos a otra empresa para mejorar y luego o no mejoramos, o si lo hacemos queremos sacar partido de la empresa en la que cesamos y ellos, or su parte, no les interesan trabajadores que a las primeras de cambio se van a la competencia.
Se queja usted de os abogados que ha visitado de que lo ven difícil, le dicen lo que hay para que no se lleve a engaños, keceme lo ve todo muy color de rosa, ojo yo no soy abogado yo soy RLT y para advertir a mis compañeros suelo intentar ponerme en las dos partes y no se lo suelo pintar de color de rosa al compañero para evitar que se meta en líos y gastos pero bueno, como dice keceme, todo se puede pelear, al menos en un juicio siempre hay dos versiones enfrentadas y una tercera que puede dar o no la razón a una de las partes o parcialmente.
smo
11/01/2025 21:18
mark9
Muy agradecido por su respuesta.
Entiendo que si la empresa hubiera tenido voluntad de "reservar" el puesto, no le hubiera venido de un día. Para mi, que no estoy metido en estos temas, es una falta de voluntad por su parte y refuerza el hecho de no querer que vuelva a la empresa, con lo que pesa a favor de un despido improcedente.
11/01/2025 21:23
keceme
Muchas gracias por tomarse su tiempo en leer el tocho y responder.
Estas demandas que usted me comenta, ¿tienen que ser demandas separadas, o se pueden pedir subsidiariamente en la misma demanda?
¿Cabría iniciarla como vulneración de ddff, y a continuación subsidiar todo? ¿O sería una única demanda de vulneracion ddff "a secas" exponiendo todo junto?
Disculpas por las posibles metidas de pata en la terminología :)
11/01/2025 21:33
Jamgrrhh28
Quedo muy agradecido por su visión como tercero, que siempre hay que tener en cuenta.
Usted habla de la readmisión, que sería el peor escenario para mi, pero si por un suponer, fuera readmitido, ¿no deberían indemizarme y readmitirme? ¿O la readmisión no lleva indemnización? (mi solución hubiera sido reincorporarme al puesto cobrando indemnización y presentar mi carta de dimisión efectiva a partir del día siguiente).
Esto ya no viene mucho al caso, pero ya que menciona que los trabajadores quieren sacar partido de la situación, en mi caso se trata de resarcir una situación de acoso laboral, con sus correspondientes malos ratos y baja médica mediante, para la que no tengo suficientes pruebas. No veo justo que se vayan de rositas después de lo que tuve que pasar, y menos siendo "líder en su sector" a base de pisotear al personal. Sin acritud lo comento, pero a veces los trabajadores no somos los llorones y ladrones que pintan en los medios.
12/01/2025 03:29
Dcho de indemnidad y por tanto vulneración de dcho fundamental esto sirve para un despido, usted no esta despedido, esta en excedencia, la empresa le dice que por el momento no tiene puesto para reincorporarle, usted dirá, si pues fulanito se jubilo y era trabajador de mi mismo grupo laboral, la empresa puede argumentar que la plaza no se cubrió o bien que se cubrió con promoción interna, el elemento de la prueba recaerá sobre la empresa tenga claro que si son un poco hábiles lo demostraran.
Ahora que decida el Juez, como no hay nada probado puede dar la razón a la empresa, puede dársela a usted pero ¿con qué fecha? lo digo por los salarios de tramite indemnización no le corresponde ninguna, a usted no le han despedido para que deban indemnizarle, así que el si el Juez decide que tienen que readmitirle pues nada le readmiten y listo.
Mire le pongo todo esto lo mas feo para que no vaya usted a caer en manos de un abogado que le de parabienes, le cobre la tasa habitual por si pierde, (cuando saben que pueden perder ellos cobran una cantidad inicial fija y luego si ganan un porcentaje) y luego se quede usted en blanco y sin dinero.
smo