Gracias Jalisco, gracias Yoyisco. El que se abstuvo no salvó el voto y al Fondo Buitre nunca se le envian convocatorias y todo y así va pagando sus quotes mensuales. La modalidad de la votación era Mayoria simple en primera convocatoria, en este sentido debo entender que al no existir ni mayoría de votos a favor, (de todos los comuneros) ni mayoría de coeficientes de participación, la votación "no ha salido", o sea que en lenguaje casero sería que los que propusieron esta votación la han perdido. es eso? Gracias nuevamente.
Hay una falta de regulación en la LPH respecto a las abstenciones, que lleva a que en muchos casos sean los tribunales los que definan la situación concreta de cada caso.
En su caso: Si tal y como convocan Uds. llega a los juzgados (y el fondo buitre no se va a quedar con
los brazos cruzados) esta reunión queda en papel mojado, por lo que les aconsejo que no sigan adelante, y vuelva a convocar debidamente, no corran ningún riesgo que puede tener problemas.
Hay que tener en cuenta también, si el que se abstuvo, manifestó en junta que salva el voto, por lo que le otorga el derecho a impugnar.
También hay que saber qué tipo de acuerdo es, no todos requieren las mismas mayorías.
La votación ni la junta no son nulas, hasta que un juez dicte sentencia después de su impugnación.
Y bien podría ser que un juez no la anulase, dado que al ser un fondo buitre, es posible, que no haya indicadomla direccion de envio.
Y si la votación fuese nula, es del todo imposible que el acuerdo no lo fuese, dado que éste es una consecuencia de esa votación
La presidenta que le indique porqué se ha ganado.
Usted muestrelé el art.17.7 de la LPH
7. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.
EXISTEN TRES votos a favor con un total de coficiente de 36,25%
EXISTEN TRES votos en contra con un total de coeficiente de 21,50%
Por lo cual los sies y los noes, carecen de de mayoría de votos y de coeficientes.
La abstención no se tiene en cuenta.
Si la presidenta no quiere firmarla, pues ni se preocupe, la manda si su firma
Disculpa, creo que me estoy liando. Creo entender que al haber la majoria en número de votos a favor de los asistentes a la Junta, pero no la mayoría en porcentajes de cuotas de participación, (doble mayoría), la votación se ha perdido, o sea que ha salido el NO a lo que se votara. Es eso? i disculpa, Gracias nuevamente.
No entiendo mucho el lenguaje jurídico. Cuando dices que el acuerdo no ha salido significa que ha ganado la votación el voto en contra la abstención? Gracias nuevamente.
La votación es nula por no convocar a toda la comunidad, no así el pseudo acuerdo que es anulable si se impugna por parte de los ausentes o los disconformes. No entran las abstenciones ni a favor ni en contra. El acta hay que mandar a todos, si el fondo no la recibe, hasta que no sé de por enterado, no le corre el plazo de los tres meses.
En principio tienen: 18.75 17.50 a favor = 36.25 2 propietarios de 5
21.50 en contra
Salvando lo dicho no se cumple la doble mayoría. El “acuerdo”no ha salido.
Buenas tardes. Deseo que me podáis ayudar.
Es una Comunidad de vecinos de 5 propietarios, a uno de ellos ni siquiera se le convoca porque el piso es de un fondo buitre , aunque va pagando las cuotas.
El tema es que yo soy el secretario, he redactado el acta de la última Junta i la presidenta no quiere firmarla porque dice que una votación se ganó cuando yo digo que se perdió.
Por favor, sacadme de dudas:
Propietario 1 vota a favor, con un 18,75% de quota.
Propietario 2 vota a favor, con un 17,50% de quota
Propietario 3 vota en contra, con un 21,50% de quota
Propietario 4 vota abstención, con un 20,75% de quota.
Propietario 5 (Fondo de Inversión, buitre), no asiste a la Junta, no se le ha convocado, no
vota.
La modalidad de votación corresponde a la de Mayoria Simple.