Así mismo, la parte compradora declara conocer lo establecido por el Decreto del Consell 12/2021, del 22 de Enero, de regulación de la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de viviendas en segundas y posteriores transmisiones de viviendas, una vez transcurridos 10 años desde la obtención de la licencia de primera ocupación, obligándose el comprador, a presentar en el Ayuntamiento de la localidad, una vez sea propietario, declaración responsable para segunda ocupación y posteriores según el procedimiento y presentando la documentación que exige la citada normativa.
Tal vez el administrador de la comunidad, pueda tener una ligera idea de ello.
O si no el presidente, tal vez sea experto en estos temas, que no tienen nada que ver con la filosofía del blog, y que se empeñan insertar, en un sitio que no va de estos temas.
Es como si en forocoches realizo una pregunta de cocina