La condena conlleva que usted tiene antecedentes.
Una vez cumpla la pena, pasado un tiempo, serán cancelados (no antes).
En Derecho Penal, si sale una ley más nueva y es más beneficiosa, es ésta la que se aplica
Hola.Buenas Noches.Agradecería ayuda con mi proceso.Me condenaron a 6 meses de prisión por un delito de lesiones.El juez decretó la suspensión de la pena privativa de libertad por 4 años sin volver a delinquir....y la indemnización de 10.000e. Fraccionados a 208e mensuales durante esos 4 años de suspensión.Mi consulta es: Quiero opositar a Guardia civíl ,y habiendo sido juzgado por delito por resolución firme no podría ingresar en el cuerpo.Ese delito conlleva antencendentes? O acaba una vez pasados esos 4 años de suspensión? si los tuviera?cuando se podrían cancelar?La resolución o el auto me lo notificaron el dia 15 de enero del 2016.Acabo los 4 años el 15 de enero de 2020,osea en 5 días.Y no se que hacer.Otra duda es ante la reforma del 2015 del código penal que ley me influye a mí? la anterior, la nueva o la más beneficiosa?Un saludo y muchas gracias por vuestra labor y por este gran foro.