Tras denegar subsidio no contributivo. Del paro cojo abogado de oficio y lo meto en juicio al sepes en febrero, ahora antes de celebrar juicio me dice el sepes que ha hecho una revisión de oficio y que había un error por lo que me reconocen 21 meses de ayuda que me pagarán mes ames pues solo me pagan los dos primeros meses al empezar a trabajar en abril .El abogado dice que le pertenece el 10 por ciento que el colegio le obliga a cobrarme según articulo36 ,3 mi pregunta al ser de oficio la concesión de la ayuda y no aver pleiteado debo pagarle?gracias
Hay que diferenciar entre abogado de oficio y justicia gratuita, el abogado de oficio cobra su minuta, simplemente es un trabajador a expensas de la admon para el caso que el encausado no tenga abogado, simplemente te facilitan un abogado pero cobra, mientras que la justicia gratuita es para quién cumpla unos mínimos de carencia de ingresos y entonces cumplidos dichos requisitos, éste abogado si es gratuito.
En cuanto a que el abogado haya hecho o no, desde que usted lo nombró su abogado seguramente reclamo a la empresa, (por ej, llamando a la empresa advirtiendo que iba a reclamar y rápidamente la empresa vio que usted no se conformaba con la respuesta que le dieron y que iba a demandar), con esto ya hizo su trabajo porque inmediatamente la empresa reconoció su "error", por tanto aunque no haya tenido que interponer demanda hizo su trabajo.
smo