Hola:
Mi duda es la siguiente:
Tengo una S.L. con otro socio. Hemos comprado un bajo a nombre de la sociedad el cual queremos alquilar. Como recibiremos el IVA del alquiler queríamaos ir compensándolo del que nosotros pagamos por la compra del bajo. La sociedad todavía no tiene actividad y en la última declaración de IVA lo pusimos a compensar (el IVA del bajo).Deciros que en el objeto social de la S.L. no contempla el alquiler de inmuebles. ¿Es posible alquilarlo y deducir el IVA? ¿ O debemos modificar el objeto social de la sociedad para poder deducirnos del IVA?
Espero haberme explicado bien...
Pero como os lo kereis deducir el IVA del alquiler si no pertenece a un gasto k habráis sorportado? En todo caso el IVA se tendria que declarar como IVA repercutido junto con vuestras facturas emitidas, es decir, más IVA a pagar a Hacienda.
Hola.
Si que hemos pagado IVA.
Nosotros hemos pagado el IVA cuando
realizamos la compra del bajo.
Me refiero si puedo deducir el IVA que cobraré en el precio del alquiler.