mi pregunta es si se puede hacer algo contra las personas que fuman "porros" en los lugares comunes de una urbanización (piscina, jardines) que constituye una comunidad de propietarios. Al ser lugares comunes, ¿no podrian considerarse como lugares públicos a efectos de la "Ley Corcuera"?
Yo entiendo que sí que se podría denunciar por la Ley 1/92 (Corcuera); llama a la Policía Local, C.N.P. o Guardia Civil para que denuncien al infractor ante la Delegación de Gobierno.-