Hola. Tenemos un terreno calificado como urbano dotacional privado. Aun no está urbanizado pero en el plan permiten todo tipo de edificación excepto la residencial. Mi duda surge si se puede realizar división horizontal en este tipo de terrenos, por ejemplo, en la edificación de un apartahotel con apartamentos que se dispongan con escrituras individuales para cada apartamento. Gracias de antemano
Si es un uso dotacional contemplado en el planeamiento, el de apartotel, no veo motivo ninguno para que el promotor-propietario único del edificio, no pueda constituir el régimen de división horizontal en la propia declaración de obra nueva.
El ejemplo que pones no es muy claro. Te pongo otro. Si es dotacional privado no existe ningún inconveniente en hacer una división horizontal y por ejemplo una esquina dejarla como guardería privada, en otra esquina poner una consulta sanitaria tambien privada, por ejemplo de Sanitas, y en el resto un colegio de primaria privado o concertado. No hay ningún inconveniente en hacer la división horizontal. Otro ejemplo puede ser una residencia para personas con deficiencias, con zonas comunes.
Pero la idea que hay que respetar es que sea dotacional, no vale acudir a la división horizontal para "huir" del carácter dotacional.
Espero haberte aclarado un poco el tema.
Un saludo
Gracias por su aclaración. El caso es que no es de echo un ejemplo el del apartahotel, sino una intención real de realizar este tipo de proyecto de apartamantos para personas mayores dando un servicio asistencial común pero que cada persona fuera propietaria de su apartamento. Gracias de nuevo.
Si estas pensando en esta idea de residencia para personas mayores te recomiendo que hables con la Consejería correspondiente de la comunidad autónoma a ver que te dicen. por ejemplo en la comunidad de Madrid la Consejería estudia y califica estos proyectos y si los considera dotacional me parece recordar que da una especie de autorización o calificación del proyecto como dotacional con lo que no hay luego ningún problema. No es una idea nueva la que propones, hay mas proyectos como el que tienes y puede que la Consejería ya haya estudiado casos similares y tengan establecidos unos requisitos constructivos que haya que cumplir de forma obligatoria para que pueda ser considerado el edificio como dotacional. Un saludo