Si es posible tener dos contratos a la vez. Lo único es que han de ser con dos empresas distintas si es que rebasan la jornada completa, porque si son con la misma empresa se entiende que son horas extraordinarias y tendrían que cobrarse como tal.
Como se supone que no superas entre las dos nóminas al tope de las bases de cotización (3180/mes) para no llevarte sustos y dado que en cada una de las empresas no tienen obligación de retenerte más de IRPF que lo que corresponda a lo que te estén pagando, calcula cuanto es el total bruto anual que vas a percibir entre ambas empresas y solicita en las 2 que te retengan ese tipo, ya que si no muy probablemente te toque luego pagar en hacienda a la hora de declarar el IRPF.
Es la situación de Pluriempleo, y no hay límite de horas, salvo las que el cuerpo de la persona pueda resistir, siempre que las empresas en las que desempeñas los trabajos, entiendan que los realizas adecuadamente a sus deseos.