No creo que haya ningún problema por el hecho de que dos sociedades compartan el mismo domicilio social. Lo que si debe hacer la sociedad que se incorpora es abonar lo que corresponda por arrendamiento, a valor de mercado, de la parte que ocupe del local.
Hola, soy administrador de una S.L. y tenemos el domicilio social en un local comercial en propiedad donde ejercemos nuestra actividad, tengo unos conocidos que tienen otra S.L. y me piden si pueden poner el domicilio social de su empresa en el nuestro ya que han cerrado su centro de trabajo y no tiene un domicilio fijo. Me gustaría saber si esto es posible y que riesgos podemos correr. Las empresas tienen actividades completamente distintas y los socios tambien son distintos.