Buenas tardes. Vivo de alquiler desde el 2001. Un año de contrato priemro y prórroga tácita de otro. En el 2003, por seguridad, hicimos otro contrato con las mismas condiciones pero de tres años (hasta 2006). Luego se ha prorrogado tácitamente dos veces.
Mi pregunta es si los cinco años se cuentan desde el primer contrato o desde el segundo, El piso es el mismo y yo considero que el segundo es prórroga, sólo que en vez de tácita se hizo por escrito.
Hola Alberto Caerio. Para responder a su consulta sería necesario examinar el primer contrato, los siguientes y las circunstancias que rodearon a los mismos.
Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con los contratos y los datos que usted aporte, resolverá su consulta.