Cuando solicite la prestación tenía dos bolsa de paro. Una que estaba reanudando y otra que fui generando por sucesivos contratos eventuales inferiores a un año.
La prestación que solicite a finalizado.
Como puedo abrir esa nueva bolsa que tengo sin abrir? Tengo que darme de alta otra vez. Pero cuantos días?
Hola:
Tengo dos contratos de trabajo uno por la mañana y otro por la tarde en dos empresas diferentes . En junio cuando se me terminan los contratos suelo pedir paro para cubrir el verano.
Por qué cobro tan poco prestación de paro, unos 600 euros Si trabajo una media de 8 horas diarias o más entre los dos ?
@ainoa1. No hay como el copia y pega para desenfundar más rápido ;)
@marisa74. Tiene que optar entre reabrir el derecho anterior (no se trata en realidad de una reanudación aunque lo parezca porque el derecho se le extinguió al trabajar más de 360 días) o abrir uno nuevo. En este caso está muy claro, debería optar por el nuevo, en otros casos hay que andar con la calculadora. Repito: al optar por un derecho pierde el otro y el cómputo para nuevas cotizaciones para una futura prestación empieza de cero.
Saludos.
La reanudación procede cuando el derecho está suspendido, y el derecho se suspende mientras se realiza un trabajo por cuenta ajena de duración INFERIOR a doce meses. Una vez finalizada la causa de suspensión el derecho puede reanudarse siempre que se solicite (15 días siguientes sino se pierde el tiempo que medie hasta la solicitud) acreditando el fin de la causa de suspensión y la situación legal de desempleo.
Al realizar un trabajo por tiempo IGUAL o SUPERIOR a 12 meses su derecho se extinguió, si bien se le permite optar entre reabrir el derecho a la prestación reconocida (por el tiempo pendiente y con las bases y tipos reconocidos) o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones.
Asimismo, al reabrir el derecho anterior, las cotizaciones del derecho por el que no se optó no se pueden computar para un derecho posterior, ni contributivo ni asistencial.
Si te fijas en el post inicial, el consultante dice que trabajó 18 meses.
Nop.
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b01a.html
Pregunta:
¿Qué es el derecho de opción?
Respuesta:
Es el que ejerce un beneficiario de prestación contributiva por desempleo al que se le extingue dicha prestación por trabajar durante un periodo igual o superior a 360 días, tras el trabajo vuelve a quedar en desempleo y con las últimas cotizaciones genera un derecho a una prestación nueva. El beneficiario optará por la prestación que prefiera: reabrirá la que quedó extinguida, con la cuantía que tuviera en su momento y la duración restante, o percibirá la nueva prestación generada con la últimas cotizaciones. Si se opta por la prestación anterior, las cotizaciones de la nueva prestación generada no podrán ser tenidas en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior. El derecho de opción se puede realizar en el momento de la solicitud o en los diez días siguientes a la notificación de la nueva prestación reconocida, siempre por escrito y pronunciándose expresamente por la prestación que prefiera. Se entenderá que se opta por la nueva prestación reconocida si no se presenta dicho escrito.
Referencia normativa: Art. 213.1.h) y 210.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/1994 de 20 de junio. Art. 25.2 del R. D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley de Protección por Desempleo.
http://www.sepe.es/indicePreguntas/buscarPreguntasFrec.do?&tipo=1&idioma=es&preg=6176&palabra=opción&busqueda=ambas&idSubtema=-1
¿No se puede reanudar el antiguo, para agotar los 3 meses y medio, mientras busca otro empleo?
Luego, cuando termine su nuevo contrato, ¿solicitar esos 6 mese más lo que acumule?
Por un anterior trabajo acumulé 10 meses de paro, de los cuales me quedan por agotar tres meses y medio.
Encontré otro trabajo donde he trabajado 18 meses de los cuales he acumulado 6 meses.
Que debo hacer,tengo que solicitar una u otra o son acumulables las dos.?
Gracias por anticipado.