Buenos dias ,tengo un apregunta sobre las poderes ; para anular unos poderes generales tiene que estar presente el beneficiario tamien ?O sola las puedo cancelar .
Y si la persona a cual le he hecho poder general paso alguna de mis propriedades a su nombre que puedo hacer para recuperarlas ???
En cualquier caso, la copia del poder ha de estar recogida en el expediente. Los poderes notariales tienen validez hasta el fallecimiento del otorgante o hasta que éste los revoca. Si los hizo notariales y saben fechas y notario, deben acudir a notaría a revocarlos de inmediato y comunicar la revocación en el expediente por escrito con copia de la revocación.
Y si, debe ir con su padre pues Vd. no es parte interesada en el expediente y si acude solo, no le darán copia. Examine primero el expediente pues tienen derecho, y soliciten copia para llevarlo inmediatamente al abogado de su elección. Pidan presupuesto al abogado dada la situación económica de su padre y formalicen una hoja de encargo profesional donde conste el encargo que hacen, precio, forma de pago, si incluye recursos, etc.
Un saludo.
Nuria M.G; entiendo que pudera ser de las dos formas.Una como representación para este procedimiento concreto y otra por medio de poderes notariales que le otorgarian al terccero la facultad de hacer o deshacer ¿durante cuanto tiempo?(dependiendo de tipo de poder notarial).Es decr para saber sí hay representante o poder notarial debo ir con mi padre y extraer el expediente para averiguar si hay representación o poder notarial.
En procedimiento administrativo no es necesario otorgar poderes notariales (se puede hacer pero es optativo), pues basta comparecer en el expediente y otorgar representación a cualquier persona en nombre del legitimado para recurrir. Por tanto, la forma de enterarse es compareciendo acompañado de su padre en el expediente y fotocopiando el mismo, si hay poderes estarán ahi y si se realiza mediante comparecencia, también.
Es el camino más corto pues los poderes notariales, pueden haberse otorgado en cualquier notaria, y en este caso, pueden no haber sido siquiera otorgados por existir representación otorgada en el propio expediente.
Un saludo.
Los poderes notariales se otrogan personalmente ante el notario,por la persona interesada.Debe preguntarle a su padre,si está en situación de razonar,si él fue al notario para hacer algún tiipo de poder y quién delegó ese poder.Para anular un poder,solo lo puede hacer el interesado.Hay varias clases de poderes,los específicos para una cosa en concreta y los generales amplios,que otorgan facultades casi ilimitadas para quién lo posea.Los poderes solo tienen vigencia mientras viva el otorgante.
TEMA: RECURSOS EN NOMBRE DE MI PADRE.
Mi padre a recibido un procedmiento de Apremio del que ninguno de sus hijos teniamos conocimiento.Es un apersona mayor de 80 años y actualente tiene falta de memora.EL caso es que indagando nos hemos enterado que hay amigos suyos que estan recurriendo este procedmiento en su nombre y tenemos la duda de que dispngand e un poder notarial para hacer y dehacer a su antojo.Mipregunta es como puedo saber o donde puedo ver si hay poderes notarales o autorizaciones para que le representen de forma legal en este procedimiento, y por otro lado si existen como podemos derogar estos poderes o autorizaciones.
Gracas