En virtud del artículo 52.1.7º de la LEC, la demanda debe de instarse en el lugar donde esté sita la finca. Por lo que deberá presentarla en Madrid.
Espero quede contestada la pregunta. Saludos
para ejercer una acción en reclamación de cantidades debidas en razón de un contrato de arrendamiento ,dónde se debe presentar la demanda , teniendo en cuenta que el piso arrendado está en Madrid pero que en el contrato consta como domicilio del arrendatario uno en Valencia