El comité de empresa roba dinero de la masa salarial.
Luego con este dinero lo da a otros compañeros en forma de incentivo económico o propina. Se lo ponen en nómina. Robar o desviar fondos.
He dicho masa salarial es decir, el salario de toda la plantilla. Los trabajadores incentivando a trabajadores.
Añadir que este robo o desvío de dinero lo hacen siguiendo las indicaciones del empresario.
Quizás le confunda con otro forero pero no es usted miembro del Comité de Empresa?
Por otra parte, Como puede un Comité robar masa salarial? Estaríamos ante una situación más que atípica, el Comité ni administra las cuentas de la empresa ni por su puesto confecciona las nóminas de los trabajadores, si como dice se sustrae dinero a los trabajadores de sus nóminas serán estás individualmente quienes tengan que demandar reclamando ese salario que les restan.
Por último, y esto ya lo he dicho en sucesivas ocasiones, el Comité de Empresa es un Órgano Colegiado carente de RC así pues cualquier demanda ante el Juzgado de lo Social deben presentar como Codenandado al Empresario qué es quien ostenta en la empresa la responsabilidad civil que por otra parte, si es como dice usted que lo hacen bajo las indicaciones del empresario con más razón es al que se debe demandar.
Sigo sin entender cómo es posible lo que argumenta pero bueno, usted sabrá.
smo
sí, hay otro miembro del foro que se llama muy parcido a mi.
Esto es lo del desvío de fondos cuando se reparte los abanicos salariales. En convenio dice que va para el plus de convenio. En mi caso no va todo. Sino que primero desvían parte para un empleado en particular, desconocido. la cantidad si la saben el comité. Luego se lo dicen al empresario, que luego se lo dice al de contabilidad o nóminas y al agraciado le dan el premio. y el resto de los abanicos salariales, las sobras, como perros, van para el plus convenio de los restos de los agracidados. como perros pulgosos.
Nada, no lo entiendo pero no importa si usted es conocedor de esto que dice y puede probarlo pues demande a la empresa y como codemandado puede incluir al Comité si es lo que desea pero quién responde en esta demanda es la empresa que es quien tiene RC.