1º Pide una nota simple de las ultimas cuentas depositadas y mira si han desembolsado todo el capital social. Si no es así puedes embargar ese crédito.
2º.- Si está desembolsado, requiere a la sociedad para que indique donse está ( dinero, activos etc ) y embarga
3º.- Si no hay nada que rascar, tira contra el administrador por no haber disuleto la socidad o iniciado el proceso concursal
Como es una sociedad la que teneia arrendado el inmueble, tienes que demandar a la sociedad, pero pero ya lo has hecho.Estoy dando por hecho que es una sociedad anónima o de responsabilidad limitada. Si me aclaras que tipo de sociedad mercantil es te puedo aconsejar mejor.
Si en la sentencia expresamente se condena al Administrador al pago de las rentas etc.. puedes demandar al administrador en el domicilio que tenga en la escritura de la sociedad, pero si en la sentencia a quien se condena al pago es a la sociedad, esta solo responde con elcapital social.
Hay una forma de que el Administrador sea responsable solidario junto con la sociedad en la nueva ley concursal y es en el caso de que siendo el pasivo superior al activo no inste en tiempo y forma la liquidación de la sociedad para liquidarla vender los bienes y pagar a los acreedores, pero creo que no es tu caso puesto que dices que hace dos años.
De todas formas puedes pedir la ejecución de la sentencia. Yo te aconsejaria tambien la inscribieras en el Registro para que si por casualidad pretenden liquidar la sociedad o hacer alguna operación futura responda de esa deuda. No se si además al estar inscrita tendría un derecho preferente de cobro.
Suerte
Saludos.
Hola a todos y gracias por anticipado. Mi duda es la siguiente:
Hace algo más de 2 años demandé a una merantil en su calidad de arrendataria por impago de la renta asignada. Una vez desahuciada de dicho local comercial, la misma se marcha pero sin haber satisfecho ni el principal ni las costas devengadas en los procedimientos que se habían llevado a cabo contra ella (desahucio, reclamacion de rentas, ejecuciones de titulos judiciales, etc.). En estos momentos, y tras haber fracasado todos mis intentos de cobrar de la mercantil, pretendo demandar al administrador de esa mercantil, que ya ni tiene actividad ni nada de nada, no habiéndose producido modificaciones registrales algunas. El caso es que no conozco domicilio alguno de ese administrador y no sé si se le puede demandar en el mismo lugar en que se demando a la empresa, al ser una reclamacion que es consecuencia de otros ya habidos con anterioridad.
Perdon por haberme extendido tanto, y gracias de nuevo por vuestra ayuda.
Saludos