Buenos dias:
Mis padres me quieren hace una donacion (dinero). Sin embargo en el banco les han dicho que las donaciones libres de impuestos solo se pueden hacer a personas que residan en la misma comunidad Castilla y Leon) que el que hace la donacion y yo vivo y trabajo en Belgica.
En caso de que decidieran hacerla Hacienda les retiene entre 8-50% dependiendo de la cantidad.
Es cierto lo que afirma el banco? En caso de que fuera cierto me podria decir en que documento de la legislacion (nacional o de la provincia C & L) figura?
No figura expresamente en ninguna norma. Lo que ocurre es que las bonificaciones que establece CyL sólo se aplican a los residentes en dicha Comunidad. Los que residen en el extranjero tienen que palicar la normativa nacional que carece de esas bonificaciones.
Muchas gracias por la aclaracion. Para acabar de salir de dudas tengo dos preguntas mas al respecto que te agradeceria que me contestras:
1)cual es la definicion legal de residente? por ejemplo la direccion que figura en el DNI? El tener una cuenta en el banco en la misma localidad?
2)En cuanto a la normativa nacional: cuales son las retenciones por donaciones?
Supongo que, a efectos del I. de Sucesiones, opera el concepto de residente del IRPF. En el IRPF es residente en España el que resida efectivamente más de 180 días al año.
En cuanto a la retención que mencionas, supongo que te refieres a la tributación. Ésta depende de la cantidad donada y del patrimonio preexistente en el donatario (si no viniera obligado a declarar por Patrimonio, suponiendo que el Impuesto siguiera existiendo, tendría la escala más "barata").