En teoria, es una simple compraventa de participaciones que se ha de hacer mediante notario, pero no se tiene que inscribir en el registro mercantil. Eso sí, se debe comprobar que en los estatutos de la sociedad no haya ninguna clausula que restringa la transmision de participaciones, como por ejemplo, que se necesite la no oposicion de los otros socios.
hola, soy propietaria de un 20% de un s.l. y el 80% restante pertenece a mi marido. Me gustaría hacer una donación de mi parte a algún otro familiar, mi hermana. Puedo hacerlo aunque mi socio se oponga?, como y donde tengo que hacerlo? de esa manera yo desaparecería totalmente de la empresa? muchas gracias y un saludo.