Buenos dias, tengo un cliente, casado en gananciales (es ya un señor bastante mayor), que es propietario de una vivienda al 100%, en virtud de una donación realizada por su padre, dicha vivienda dista mucho de ser la existente hoy en día, habiéndo participado su mujer en la rehabilitación de la misma, aportando dinero privativo fruto de una herencia.
Pues bien el señor quiere que en caso de que muera, al menos el 50% de la vivienda sea propiedad de su mujer, por lo que barajo dos posibilidades, que mi cliente realize una donación de ese 50% a su mujer, o bien que realize una aportación a la sociedad de gananciales de la vivienda, con lo cual ya serían propietarios al 50%. Que me aconsejais? (No barajo la posibilidad de compraventa entre los conyuges, porque además de no ser verdad, conllevaría muchos problemas de traslado de dinero, de distintas cuentas....etc)
Yo me inclinaría por la aportación a la Sociedad de gananciales, ya que en caso de muerte, si hay herederos forzosos y con los bienes del caudal relicto no da para cubrir legítimas se metería a colación la donación y ésta quedaría revocada.
Por otro lado, en caso de donación tendría que pagar el pertinente impuesto de donaciones.
No lo tengo claro del todo, así que espera más respuestas.
Gracias nova, yo tambien me inclino más por la aportación a gananciales, que si no me equivoco tributaría solo el 50% por el impuesto de trasmisiones patrimoniales, y luego por el tema que comentas de los herederos forzosos, porque aunque en principio y si las cosas no cambian, hay bienes de sobra para cubrir legítimas, ya que además de la casa que comento existen un chalet, un piso, y varios locales comerciales, y el matrimonio tiene tres hijos, nunca se sabe lo que puede ocurrir.