Mi duda es la siguiente.
Mis padres tienen 3 hijos, uno de ellos está desaparecido de la familia, y ahora que son mayores de 70 años quieren donar en vida la propiedad de la vivienda que utilizan habitualmente a los dos hijos que estamos con ellos habitualmente.
Viven en Castilla y Leon, por lo que se que la cuota del Impuesto de donación está exento en un 99%.
Mi pregunta es si mis padres pueden donar la propiedad de la vivienda a los dos hermanos que estamos y si en un futuro apareciera el otro hermano a la muerte de mis padres podría reclamar la propiedad de esa vivienda.
Gracias