Un tercio, el de legítima estricta, que corresponde al hijo único.
Puede dejar al nieto el tercio de mejora, y el de libre disposición. Por tanto puede donarle sin que sea inoficiosa hasta 2/3 de su patrimonio.
Si el padre falleciera antes que el abuelo el otro nieto tendría una legítima estricta de 1/6, por lo que el límite para el otro son 5/6.
Pero vaya, que eso cuando llegue, ahora mismo puede donarle lo que quiera.
El único límite son las legítimas.
Cualquier persona puede donarle todo lo que quiera a quien quiera, aunque si la donación excede lo que esa persona puede heredar, cuando fallezcan (no antes) deberá satisfacer el importe de la legítima de quien se haya visto perjudicado.
Si es en testamento, más o menos lo mismo: puede dejar ese bien a solo uno siempre que no perjudique las legítimas, salvo que le habilite a este heredero a pagarla en dinero.
Dependerá de si ellos tienen más bienes, en definitiva.
Hola de.nuevo,
Os planteo una duda...
Un matrimonio de personas mayores tienen un hijo único.
Este hijo único tiene a su vez dos hijos, uno de un matrimonio y otro de otro matrimonio distinto.
Pueden los abuelos sonarle en vida o dejar en herencia su vivienda exclusivamente a uno de los nietos ???
Supongamos que el hijo estaría de acuerdo con esta decisión.