Si. Juan S. Gracias. pero como podras ver SOLO se refiere a los siguiente :
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Objeto
La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado, o cualquier otro título sucesorio.
La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico gratuito e inter vivos.
La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario.
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Esto se trata de EFECTIVO.
De una cuenta de un primo al otro.
con libertad para hace rlo que le plazca.
Como ej. Uno ganó el Euromillones y le quiere regalar a su primo 5.000.000 de Euros..... me explico?
Juro que he buscado en la pagina d ela junta de andalucia y no he podido encontrar respuesta el tema es asi:
Un primo le dona a otro primo dinero en efectivo.
El que recibe el dinero vive en Andalucia y es residente español.
El que da el dinero es extranjero no residente pero el dinero esta depositado en una cuenta en un banco español en Andalucia.
Hay una escala según el monto?
Conviene domiciliarse en Navarra por ejemplo?
Cual es la alícuota.