El impuesto que has de pagar es el Impuesto sobre sucesiones y donaciones: al ser una donación el sujeto pasivo eres tu, y como se trata de un impuesto cedido totalmente a las Comunidades Autónomas, deberás liquidarlo en la Comunidad Autonoma de tu residencia habitual, por lo que el tipo dependerá de lo que tenga establecido dicha CCAA.
No considero que sea necesario que lo hagas constar en escritura pública.
Mi consulta es la siguiente: mi padre que reside en los EEUU me va a hacer una donacion de 200mil Euros desde una cuenta en dolares fuera de España para comprar mi primera vivienda. Mis dudas surgen sobre quien tiene que pagar el tributo, donde y cuanto seria el %. Tambien si es necesario hacer una escritura o no porque al no vivir mi padre es España se hace imposible.