Efectivamente, como dice lsd2 lo que se considera es el valor a fecha de fallecimiento de lo que en su día le donaron. En este caso, el valor que a día de hoy habría tenido esa parte de la casa en estado ruinoso.
El precio de lo que te donaron (1/4 de una casa vieja), actualizado a día de hoy.
Es decir, si valía lo que te donó 10.000 euros, se colacionan esos 10.000 euros actualizados (el precio del dinero), digamos que el IPC de esos años....
muchas gracias por su pronta constestacion
y si esa propiedad que era una casa vieja, la echo abajo y construyo dos apartamentos, ¿que me valoran?¿el valor de la casa vieja o de la construccion nueva?
gracias
Si en la donación se hizo constar su carácter colacionable, quiere decir que cuando su madre fallezca habrá que computar el valor de esa cuarta parte que le donó para efectuar el reparto de los restantes bienes.
Quedo a su disposición.
Motta&L Abogado
Donacion de mi madre de 1/4 parte de una propiedad
hola buenos dias:
hace ocho años murio mi abuela y su casa esta ba a nombre de mis tios y mi madre y como yo vivia con mi abuela mi madre me dono su parte para poder comprar las otras 3/4 partes a mis tios y asi lo hice. Pero mis hermanos me reclaman hoy dia ya que estoy bien situado y gano bastante dinero que le devuelva este dinero a mi madre.
¿en un futuro que pueden reclamaarme legalmente? cuando mis padres fallezcan y tienen su casa.
esta donacion la hizo mi madre en sus plenas facultades y ante notario con colacion.
espero su repuesta gracias