Buenos dias.
Mi pregunta es la siguiente:
Un esquizofrenico dona una propiedad a uno de sus hijos, con una clausula de usufructo.
A la muerte del donante, el resto de los hijos, al sentirse discriminados por esta donacion ¿Pueden impugnar esa donacion, aduciendo que el donante al estar con sus facultades mentales disminuidas, era ignorante de lo que hacia?
Gracias por contestar tan pronto.
¿Serviria el presentar un documento de la Seguridad Social en el que se especifica que esta persona tenia una incapacidad permanente absoluta y que por esa razon cobraba una pension de la Seguridad Social por padecer esquizofrenia?
un saludo