Si el piso no es propiedad de su padre no pueden embargarlo.
Si la comunidad le transmite el piso, no habría ningún tipo de problema. El problema estaría si su padre le transmitiera el piso a Vd. para evitar el pago de deudas, pero parece que no es así porque el piso es de la comunidad.
La consulta jurídica sobre la que rogaría que me resondieran es la siguiente:
El asunto es sobre un piso que mi padre quiere poner a mi nombre:
La empresa de la que mi padre era propietario quebró, con las consiguientes deudas con dos bancos. A resultas de ello, no puede tener nada a su nombre
La Comunidad le ofrece la oportunidad de hacer efectiva la compra del piso en el que actualmente reside en regimen de alquiler.
La consulta jurídica que quiero hacer es si hay alguna forma de registrar dicho piso a mi nombre, o dicho registro se podría considar alzamiento de bienes