El día 8 de diciembre fue un domingo, por lo tanto un dia inhabil. Por lo que respecta al lunes solo fue inhabil en alguna de las comunidades autonomas como por ejemplo Asturias. Lo tienes recogido en la resolucion de 29 de Noviembre de 2.001 de la secretaria de estado para la administracion pública (Boe 18.12.01).
Alquien me podría decir si el día 8 de diciembre fue fiesta, a efectos de computo de plazos, si se traslada al lunes y, por lo tanto, también se contaría como inhabil el lunes?. Si es así dónde pódría encontrar la legislación que determine que si cae en domingo sea trasladado al lunes?