Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Domiclio progenitor custodia compartida

4 Comentarios
 
Domiclio progenitor custodia compartida
04/11/2022 14:59
Buenas tardws, mi consulta es la siguiente, tengo la custodia compartida de mi hija y el domicilio en el que mi hija esta empadronada por mutuo acuerdo es el de su padre. Pues bien mi pregunta es la siguiente, ¿yo tengo que estar empadronado por ley en el mismo municipio que su padre y mi hija?. Muchas gracias
04/11/2022 20:21
Cada uno tiene que estar empadronado en el domicilio en el que vive.
Un hijo en custodia compartida que pase el mismo tiempo en los domicilios de cada uno de sus padres, en el que se acuerde, como han hecho ustedes.
07/11/2022 10:25
No, no tienes que hacerlo, ni de hecho siendo estrictos tampoco puedes, si es que de verdad no vives ahí (aunque seguramente nadie te pondría impedimento).
Como estáis estáis bien, es lo correcto, cada uno en su casa y los hijos en casa del que se decida (normalmente el que viva en el que fuera antes el domicilio familiar). No implica nada en cuanto al régimen de custodia compartida. La podéis cambiar de mutuo acuerdo si interesa para entrar en un cole u otro, o cosas así, a algunos efectos de domicilio puede implicar algunas cosas, pero no en cuanto a derechos de los padres ni económicos ni de visitas, custodia y demás. Es lo normal, está bien.
07/11/2022 11:13
Hola, creo q la consulta se encamina hacia si debe estar empadronado en la misma población donde reside su hijo, no domicilio.
Así q, m suena q en las custodias compartidas, si deben tener los progenitores una proximidad, pero desconozco la norma. También dependerá de lo q ponga el convenio.
07/11/2022 13:38
No hay ningún requerimiento legal de estar en la misma población.
Si uno vive a 500 km difícilmente se puede estar con custodia compartida, y si se hace vía contenciosa y no de común acuerdo ningún juez la concederá, y si es de común acuerdo los progenitores verán, pero vamos, lo que importa es que resulte inviable la custodia, no el domicilio legal, que puedes domiciliarte donde te dé la gana de cara a la custodia (a hacienda y tal no, claro).