hola soy de Valladolid y trabajo en Barcelona, soy el encargado de un hotel de una estrella y vivo en el hotel donde estoy empadronado junto a mi pareja que tambien trabaja conmigo y mis tres hijos, hace dos años vendimos nuestro piso de Barcelona para vivir en el hotel pero yo habia comprado un piso sobre plano en mi ciudad ya que mi intencion es volver alli cuando dejemos el hotel, el piso me lo dieron el año pasado y ahora que tengo que declarar dudo si puedo meter mi piso como la reinversion de la venta del otro piso, viajo cada mes a Valladolid y estamos 5 ò 6 dias y en vacaciones siempre voy alli pero no puedo empadronarme por el colegio de los niños ,etc.¿ tendre algun problema si pongo mi unico piso como domicilio habitual? porque si no tendre que pagar por la venta del piso de Barcelona y por sugunda propiedad el de Valladolid. Un saludo y muchas gracias.
Sí, Merem, aunque puede que deje de serlo antes de 3 años por destino en cuanto a tu actividad laboral, separación, divorcio, etc. en ese caso no tendrías que devolver lo desgravado.
Mi duda es también, que me ha parecido leer que si el domicilio fiscal deja de serlo antes de 3 años, tengo que devolver a hacienda, lo desgravado por el mismo. ¿Es eso cierto?, ¿en todas las comunidades? Gracias.
Pues es un buen planteamiento.
Pero cuantos matices diferentes hay.
Me gustaría que alguien contestase ......
Mi idea es que para que puedas tener derecho a desgrabarte debe de ser tu domicilio habitual y ha dejado de serlo cuando te empadrona en el domicilio de tu mujer ( si te empadronan es porque es tu domicilio habitual) y que yo sepa no puede haber dos domicilio habituales.
Domicilio habitual = 183 días de residencia al año.
Pero esta claro que alguno de los dos debe de ser tu domicilio habitual porque al estar casado hay que fijar un domicili habitual único para los dos, de no ser que se pueda demostras que estais separados legalmente.
Espero ayudarte un poco y que los que más saben me contradiga y así nos aclaren algo más.
Compré un piso como inversión hará unos 2 años, mi domicilio fiscal figura en ese piso. El año pasado me he casado, en gananciales, y estoy empadronado en el domicilio conyugal, el cual solo está a nombre de mi mujer.
Puedo tener problemas con lo desgravado a hacienda, por estar empadronado en este nuevo domicilio, aunque mi domicilio fiscal sea el del otro piso, por el cual desgravo?
Mi mujer piensa pedir una ayuda a la Junta, ya que compró el piso el año pasado y es menor de 35 años. Le van a poner alguna pega por estar yo empadronado en el piso?
Un saludo y gracias por anticipado.