Una pareja de novios que está pagando una hipoteca a partes iguales por la compra de un piso y constitución de hipoteca en Febrero de 2.009,¿que domicilio habitual han de constar en sus declaraciones respectivas, el habitual de cada uno de ellos, o el domicilio del piso por el cual se hizo la hipoteca?.Tener en cuenta que aunque el piso está terminado y entregado está inhabitable porque hay que amueblar,pintar,poner parqué, etv. y dinero no hay.
Tengo entendido que hay un plazo para ocuparlo de dos años desde que te entregan las llaves, sino pierdes las deducciones,pero supongo que con la crisis este deberáser mas eláctico.Muchas gracias.
Si se aplican desgravación por adquisición de vivienda habitual, deben ocuparlo en el plazo de 12 meses desde la entrega.
Para poder desgravarse, obviamente, es imprescindible tener en él la residencia efectiva. Es muy recomendable empadronarse en la misma, sino casi seguro que habrá problemas con el fisco.
Está claro que te obligan a mentír.Desde luego el habitarla de momento, y por la crisis, es imposible.Lo que haremos es empadronarnos en ese domicilio.Gracias.
Como resulta que la luz,el agua, comunidad,etc.si que constan ya a nuestro nombre y tenemos nuestro buzón de correos ¿pensais que con eso ya se demuestra el estar habitada, o creeis que es imprescindible el empadronamiento?Muchisimas gracias y perdonal tanta molestia.
teoricamente,en mi opinion, si compras la vivienda tienes un plazo de doce meses para habitarla, por lo tanto si la presentacion de la declaracion de la renta te coincide dentro de esos doce meses y aun no te has ido a vivir, tendrias que reflejar como domicilio la vivienda en la que realmente vives no la nueva, aunque te dedujeses por ella, ya que en la DR ha de reflejarse el domicilio "actual".
En la practica yo me empadronaria y pondria la nueva vivienda que me he comprado. El empadronamiento es por si justificativo de residencia.