Mi madre pasa una gran parte del año en un apartamento en la costa valenciana y el invierno en Barcelona. Como fiscalmente es más ventajosa la comunidad valenciana he decidido que su domicilio habitual y fiscal sea el apartamento pero tengo un problema con la seguridad social. ¿Ha de dar de baja su tarjeta de seguridad social de Barcelona y darse de alta en La localidad del apartamento? ... Si es así, ¿no podría visitarse en Barcelona con su médico de siempre? ... Gracias.
Tendria que empadronarse en el apartamento y pedir una nueva tarjeta SIP aqui. Yo no cancelaria la otra hasta que tenga la nueva.
Luego en Cataluna se tendria que registrar como "desplazado" para poder ir al medico alli, pero le tocara o no le tocara "el de siempre".
A ver el domicilio fiscal es aquel en el que se esté más tiempo, con independencia del padrón. El tema está en que siendo dentro del territorio nacional Hacienda puede tomar el padrón como prueba de dónde se reside más tiempo y cuál debe ser por tanto el domicilio fiscal...
Padrón, facturas de agua y luz a nombre del sujeto y con consumo, seguro de hogar como primera vivienda, tarjeta sanitaria... cuanta más munición, mejor.
Ojo, que para efectos de Impuesto de Sucesiones (no sé si se aplica a donaciones) el donante debe residir en la Comunidad Valenciana durante los 5 años previos al fallecimiento. Hay que mirar si la normativa catalana no priva de la residencia catalana al que se va, porque si resulta que no es residente catalán (porque se ha ido) ni residente valenciano (porque llevaba menos de 5 años) se le trata como no-residente y la carga tributaria puede subir enormemente.