hola:
Tengo una duda sobre cual es el domicilio de una persona que está en prisión, a efectos de competencia judicial. ¿Es el de la última residencia cuando estaba libre o es el centro penitenciario donde está ingresado?.
Gracias
Gracias Ana, yo tampoco encuentro nada y me interesa que el domicilio sea el del sitio donde residía antes de ingresar en prisión.
El otro día me comentaron que el Centro Penitenciario no es el domicilio de los presos, pero no me dijeron de donde habían sacado la conclusión.
Lleva seis años en prisión y le quedan por cumplir al menos otros nueve.
Para dar más información se trata de interponer una demanda de alimentos de la hija mayor de edad frente a su padre.
Ya se que estoy mezclando civil con penal, pero lo que no quiero es tener que interponer la demanda en el fuero de la prisión porque queda muy lejos del último domicilio del penado... y no encuentro nada que me diga que el domicilio de los presos es la prisión, pero tampoco encuentro nada que me diga lo contrario.
Saludos
Preséntala en el último "domicilio familiar". Para curarte en salud en lo posible, aporta el máximo de pruebas sobre ello: copia de DNI, empadronamientos en ese domicilio familiar, recibos, facturas, impuestos...
Gracias herencia, eso haré y cruzaré los dedos para que no me salte el Juzgado con falta de competencia territorial ... porque si no mi cliente y yo nos vemos cruzando España de Norte a Sur.
Saludos
Yo fui una vez a prisión a que un interno firmara un convenio de separación. Como dirección temporal figuraba su nombre, galería y dirección de la prisión. El remitente era un Juzgado Civil que lo remitió a través del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
Pero estoy con las mismas dudas planteadas por los colegas.
Yo llevo muchos asuntos de internos en centros penitenciarios y nunca he utilizado para determinar la competencia territorial el domicilio del Centro Penitenciario, sino el del último en libertad, que es en definitiva en donde están empadronados a donde acudirán a disfrutar los permisos de salida, y donde figuran a todos los efectos...... etc Nunca me he planteado otra posibilidad. Date cuenta que el traslado de un Centro Penitenciario a otro puede producirse en cualquier momento por razones de política penitenciaria.....
Jamás ningún Tribunal me ha dicho una palabra al respecto.
Lo que también hago en muchas ocasiones, si es que en el domicilio no va a haber una persona que se haga cargo de recibir las comunicaciones o notificaciones del örgano judicial, es establecer el domicilio de mi despacho a efectos de notificaciones.
Gracias, a todos; al final la competencia territorial se la adjudicaré al último domicilio familiar y el domicilio a efectos de notificaciones la prisión, y que salga lo que SSª quiera.
Saludos