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Domiciliación nómina

8 Comentarios
 
Domiciliación nómina
06/08/2012 14:06
Hola:

Como trabajador por cuenta ajena me pagaban la nónima mediante cheque nominativo.
Por cambios en la empresa, pasé a ser trabajador autónomo pero mensualmente me paga mi empresa la nómina mediante el mismo cheque.
Ahora quiero que la empresa me abone mi salario ingresándomelo en mi cuenta corriente, ya que para fastidiarme ahora me pagan tarde y mal de forma voluntaria.
¿Puedo obligar a la empresa a aceptar el pago de la nómina ingresándolo en mi cuenta? ¿y domicililiando la misma en un banco? ¿existe algún artículo que defienda mis derechos?.
Muchísimas gracias.
PD: Al día de la fecha estoy de vacaciones y me han mandado un mensaje para que cobre la nómina en mano desde hoy, y estamos a día 6 y fuera del lugar de trabajo...
06/08/2012 14:31
Lo importante de todo esto es...eres trabajador por cuenta ajena o autónomo...me refiero a legalmente, con independencia de lo que diga la empresa...no se deja de ser trabajador por cuenta ajena y se pasa a ser autónomo por cambios en las empresa. Será que eres un falso autónomo...vamos que realmente eres un trabajador por cuenta ajena pero la empresa para ahorrarse las cotizaciones y demás derechos que te otorga la ley como trabajador por cuenta ajena te tiene de forma "aparente" como autónomo mediante contrato mercantial entre tu y la empresa. Si es así...cabe denunciar....y además justifica que la empresa no quiera abonarte a nómina por tranferencia para evitar medios deprueba a tu favor en caso de que demandes por ser falso autónomo.

En cuanto al pago de la nómina, seas o no trabajador por cuenta ajena no es obligatorio abonar la nómina por transferencia bancaria...salvo que el convenio colectivo lo diga o salvo que acordarais otra cosa. Eso sí...cuando firmes la nómina...a efectos de reclamaciones futuras firma con la fecha en que realmente te abonan el salario...si pone en el recibí día 1 y percibes la cuantía el día 6 cuando firmes pon la fecha en la que recibes el dinero.

Los derechos de los autónomos no son los mismos que los de los trabajadores por cuenta ajena...los autónomos no tienen la misma protección...dado que en principio se presupone que eres tu propio jefe...
06/08/2012 14:46
Ante todo muchisimas gracias por responder áinoa1'.

Mi situación ´legal´es autónomo. Lo que pasa es que la empresa es familiar y es un rollo denunciar como entenderás, pero lo que no estoy dispuesto a consentir es que me fastidien.

Han habido discusiones familiares y por eso quieren que me desplace desde mi lugar de vacaciones hasta la oficina para recoger el cheque. Y como quiero evitar que lo hagan en el futuro, por eso preguntaba si puedo responder al email que me acaban de enviar diciéndoles que me ingresen el salario en mi cuenta corriente. Desconozco lo que dice el convenio al respecto, pero en otras ocasiones le han dejado el cheque hasta mi hija (mneor de edad) para que ella me lo diera a mi, además de a otros familiares directos para que me hicieran el favor, sobre todo en vacaciones.
Gracias de nuevo.
06/08/2012 14:58
Pues como trabajador por cuenta ajena te diría que vieras el convenio, pero como autónomo el convenio colectivo no se te aplica.
Tendrás que ver que es lo que firmaste en el contrato mercantil (o civil) con la empresa, pues tu relación con la empresa NO es laboral a efectos de aplicar el ET y convenio.

Yo deduzco que eres un falso autónomo...por eso te decía lo de las pruebas...como consejo (sin ánimo de meterme en tu vida) vete recopilando todas las pruebas que puedas por su en un futuro hay cualquier problema y deciden prescindir de tus servicios "como autónomo", momento en el que podrás demandar judicialmente que se te reconozca tu condición de trabajador por cuenta ajena. La JP viene aplicando una serie de indicios (horario igual al resto de trabajadores, percibir misma "nómina" todos los menes, las órdenes se dan por la empresa, etc). Da igual a estos efectos que estés de alta omo autónomo, pues si cumples los requisitos para ser trabajador por cuenta ajena a efectos legales es lo que se aplica.

Pues eso...que dado tu relación con la empresa...tendrás que hablar con ella y llegar a un acuerdo sobre ese aspecto. Unilateralmente no puedes exigirles nada.
06/08/2012 15:26
Lo dicho, 'ainoa1', muchas gracias por todo.

Tomo nota de lo que me has aconsejado, y en fin, parece ser que no puedo obligarles a que me ingresen nada en mi cuenta y tenga que desplazarme para cobrar el cheque. Verdaderamente penoso. Si supieras lo que hehehco por todos ellos...pero en fin, esa es otra historia.
Gracias de nuevo.
06/08/2012 15:53
Pues yo lo siento pero es lo que hay...aunque en realidad seas un falso autónomo y debieras estar como trabajador por cuenta ajena, cotizando ellos y no tu...y con más derechos, es lo que hay.

Si quieres, en el momento en que te apetezca, pones un post sobre los posibles indicios para demandar a la empresa por ser falso autonomo, que cada uno vaya aportando las ideas que pueda para las pruebas que puedes ir guardando, no vaya a ser que cualquier día decidan prescindir de tus servicios y te encuentres "con el culo al aire"...luego es más difícil buscar pruebas..siempre es mejor ir guardando para una posible demanda.

No entiendo que les cuesta ingresarte el cheque en el banco directamente...pueden poner otro concepto distinto si no quieren poner nómina y ya está...pero parece que algunos con tal de fastidiar. Que no te amarguen las vacaciones.
06/08/2012 19:23
Mil gracias ainoa1.
07/08/2012 00:47
Solo un apunte en relación a tu condición de posible falso autónomo. Para demandar siempre hay tiempo, no te metas en rollos, recopila toda la información que puedas de la forma más discreta, y si se da el caso de que dejen de necesitar tus servicios, ya sabes que tienes serias posibilidades de que tu relación con la empresa sea reconocida como laboral, con lo que ello implica.
07/08/2012 13:31
Muchísimas gracias por tu consejo 'afimco'. Era lo que también había pensado. Como siempre digo, mejor una persona inteligente que listilla.