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documentos sobrevenidos

6 Comentarios
 
24/07/2015 19:42
Lucky_Boy, tus respuestas me han resultado muy clarificadoras.
Muchas gracias.
24/07/2015 18:49
Si la sentencia la aportas como jurisprudencia no tiene más efectos que ilustrar al juez. La aportaría en la vista y argumentaría en conclusiones.

Si la sentencia provoca efectos en tu procedimiento (porque hay identidad de partes, cosa juzgada, litispendencia, prejudicialidad de algún tipo, extensión de efectos favorables...etc...) puedes aportarla ya o esperarte igualmente a la vista.

Pienso que se trata del primer caso, la sentencia es de un caso muy similar al tuyo, por tanto, me decantaría por acompañarla en la vista oral.

24/07/2015 16:24
Lucky_Boy, ¿tengo que aportarlo con una presentación sucinta?, ¿o puedo argumentar sobre él tal como lo haría en la vista? La sentencia, que es favorable a mí en un caso que guarda íntima relación con el recurso, puede afectar definitivamente al fondo del asunto de éste.
24/07/2015 13:07
Si el documento, en tu caso una sentencia, se ha dictado con posterioridad a la demanda, podrás aportarla en la vista. No obstante, si es una sentencia análoga a tu caso, será Jurisprudencia que podrás aportar a título informativo, no es prueba de nada. En caso de que la sentencia afecte sustancialmente a tu procedimiento, por producir cosa juzgada por ejemplo, yo personalmente la aportaría cuanto antes, salvo que quede poco tiempo para la vista.
24/07/2015 03:15
Cierto, me he equivocado, no hubo contestación (ni alegaciones a ésta claro) al ser un procedimiento abreviado. Lucky_Boy, habiéndote aclarado el error, la pregunta sigue en pie. Gracias por tu interés.
22/07/2015 10:47
Si es un procedimiento abreviado contencioso administrativo no es posible que se haya seguido los trámites que nos indica, ya que éste se inicia por demanda y es en la propia vista cuando se produce la contestación, proposición y práctica de la prueba y conclusiones.
Documentos sobrevenidos
20/07/2015 00:30
En la jurisdicción contenciosa, para el procedimiento abreviado, si aparecen documentos nuevos (en este caso una sentencia) después de la demanda, contestación y, en su caso, a las alegaciones a ésta, ¿deberán aportarse antes de la vista o durante ésta?