Desde luego que sí, Lavo. No hay derecho. Cada documento que sale del Juzgado firmado por Juez y/o secretario de puño y letra. Y nos pueden dar las uvas. Como si la cosa no fuese ya lenta....
Insisto.
La justicia deberia empezar a ser mas seria, empezando por los papeles.
No se puede exigir a un ciudadano de a pie, a que haga las cosas bien, si en donde se imparte justicia, no se hace.
Que sea una costumbre, no es disculpa, ni que "esto se hace asi, porque asi lo ordena S.S."
Estamos confundiendo unas cosas con otras Lavo; las firmas de las notificaciones constan en los autos; y no estamos en un procedimiento administrativo en el que se regula otra cosa. ..
¿Quieren decir que los juzgados, se rigen por otras normas distintas que la Ley de procedimiento Administrativo?.
¿Se imaginan, una notificacion de un Ayuntamiento a un particular, sin firma?.
¿Es que los asuntos de los juzgados, pueden ser menos estrictos que el resto de las Administraciones Publicas?.
Si como dicen, lo que se recibe de los juzgados, son copias simples, ¿no deberian tener un sello que diga "COPIA SIMPLE", bien destacado?.
No entiendo por donde van los tiros pero lo que se remite a las partes son simples copias (o copias simples) de los documentos que obran con sus correspondientes firmas en los autos, exactamente igual que las de la demanda y la contestación y los documentos que se acompañan a las mismas; los originales obran en el juzgado.
Y es legal.
Si quieres un documento tenga más solemnidad pides un testimonio en el Juzgado... eso el lo que se hace con las sentencias, por ejemplo.
No se si he respondido a tus dudas.
Saludos
Dentro de un procedimiento abierto en un kuzgado, todos los documentos que emite el propio juzgado, ya sea por el juez o por el secretario, y que se remiten tanto al demandante como al demandado, estan sin firma ni del secretario no del juez.
Esto, al parecer es una practica habitual, pero ¿es una practica legal?.
¿Podria rechazarse dichos documentos y exigir que los mismos tengan la firma del que los emite?.