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Documentos presentados con posterioridad en apelación

10 Comentarios
 
Documentos presentados con posterioridad en apelación
13/10/2007 17:59
Hola, es la primera vez que voy a contestar a un recurso de apelación y me voy a oponer a él, en el 4º día de los 10 que me dan para contestarlo me ha aportado la otra parte documentos nuevos alegando por error subsanable q olvidó presentarlos y que hay que unirlos a los ya presentados ¿es válida la actuación d ela otra parte? ¿debo pedir ampliación del plazo para contestar al recurso ante este nuevo hecho o qué debo hacer? creo que esta situación me genera indefensión. Gracias.
14/10/2007 12:50
Desde mis limitados conocimientos sobre esa materia, siempre he oido decir, que en la apelación no pueden introducirse nuevos documentos y pruebas, a los ya aportados en el juzgado.
14/10/2007 14:00
Pues me va a dar a mi que si eran documentos que pudo haber aportado junto con la demanda hay una preclusividad en la aportacion de los documentos como la copa de una secuoya (que para eso es mas grande que la de un pino)

SALVO MEJOR CRITERIO
SALU2
SAMPLERKING
ICAM
18/10/2007 21:58
Yo creo que no.
Mira todas las posibilades de aportación de documentos durante la 1ª Instnacia en los arts. 269 a 271 hasta el final del juicio.
Pues bien, frente a esta libertad casi total, en la 2ª instancia solo tienes un momento procesal: con el escrito de interposicion del recurso (460).
Así que es extemporánea y la Sala se lo tiene que rechazar y devolverle sus papeles.
Execpionalmente, en algunos procesos especiales, por la materia y porque son cuestiones que exceden del interés de los litigantes, resulta que se permite aportar documentos con total libertad. En ausnot de familia, menores, etc, art. 752.3.
19/10/2007 01:44
que tipo de documentos son?
perfil SE6
19/10/2007 10:04
No es el momento adecuado para aportar documentos, como te está diciendo todo el mundo.
Sin embargo, tampoco hay fundamento alguno para que puedas solicitar una ampliación de plazo para oponerte al recurso; los plazos son los que la Ley marcan, y no hay posibilidad de alterarlos.
Lo que sí te recomiendo es que en el escrito de oposición reserves uno de los motivos para oponerte a la aportación de prueba documental de la parte recurrente, interesando expresamente la inadmisión por parte de la Sala/Sección.
Saludos.
19/10/2007 11:41
Hola, son documentos que hay que unir a los que me han presentado con el recurso de apelación y que hacen referencia a unas manifestaciones del usufructuario en una ejecución de sentencia de un pleito diferente al mío pero posterior a la vista del mío en las que dice que no ha renunciado al usufructo.
En la vista de mi juicio verbal en primera instancia se plantea la renuncia al usufructo de esa persona y no se contesta por su representación legal, por lo que la juez dice que queda acreditada la renuncia por haber sido silenciada ¿entendeis que estas declaraciones constituyen hecho nuevo?
perfil SE6
22/10/2007 10:14
Con los nuevos datos que das, los documentos podrían incluirse en los "hechos de relevancia" del Art. 460.1.3º LEC, y podrían ser admitidos.
Sin embargo, si tú estás en la posición en que no te interesa que sean aportados en este momento, debes mantener tu postura firme; y lo mejor es agarrarte al mal enfoque que ha hecho la parte contraria, ya que no es posible admitirlos por "error subsanable" o "porque olvidó aportarlos", según indicas que alega en el escrito de interposición del recurso.
Suerte. Saludos.
22/10/2007 11:45
No olvidemos que hay 10 días para subsanar errores.

De lo que dices se entiende que si conocias tu esos documentos, por lo que no veo la indefensión que alegas, si no los conocieras si.
perfil SE6
23/10/2007 13:11
El principio de preclusión no puede obviarse por la vía rápida del plazo para subsanar errores, que tiene una finalidad diferente.
La aportación de documentos tiene su momento procesal oportuno, que además garantiza que el Juzgado se pronuncie expresamente sobre la admisión o inadmisión de documentos en el acto de la audiencia previa o del acto de la vista en el juicio verbal.
Saludos.
23/10/2007 19:33
¿Y que ocurre con nueva documentación, de la que no se disponía en el momento del juicio, por algún determinado motivo y ahora sí?.