Primer consejo, si no eres letrado, no acudas a un verbal sin uno.
En cuanto al informe, si presentas el informe pericial en la vista seguramente te lo impugnen por extemporáneo, pues podías haberlo presentado conjuntamente a la demanda.
Para presentar el informe pericial en la misma vista deberías haber anunciado con anterioridad la presentación del mismo (337 LEC), así como solicitar la citación del mismo a efectos de ratificación.