Mi esposa y mi cuñada son nudas propietarias de un piso y su madre es la usufructuaria. Yo tengo con mi señora bienes gananciales. Bueno el lio es el siguiente:Mi cuñada y mi señora han firmado un documento privado dandole a un hermano el 25% del piso. Yo, cuando me enteré les dije que no estaba de acuerdo con eso.¿ Es legal ese documento?. Caso de ser legal, ¿Lo puedo recurrir o invalidar de alguna forma?. Muchas gracias
Es perfectamente legal.
Por lo que dice supongo que se trata de una herencia. Si es así, usted no tiene nada que decir ni recurrir, es un bien privativo y ella puede disponer de él como quiera sin su consentimiento.
gracias zoraser, pero no se trata de una herencia sino de un piso comprado por ambas y yo, como marido de una de ellas. Lo que ocurre que en su dia, asenti al usufructo.
Si está en separación de bienes no puede hacer nada.
Si está en gananciales:
- Si es demostrable que el dinero de la compra proviene de la venta de un bien privativo de su mujer o de unos ahorros previos al matrimonio de ella (en cuenta separada), no podrá hacer nada.
- En caso contrario, se entendería que el dinero proviene de la sociedad de gananciales (movimientos bancarios), usted tiene derecho en caso de liquidación de la sociedad a la mitad de los todos bienes de la sociedad (planes de pensiones, depósitos bancarios, coches, propiedades, etc) en su conjunto, no de cada cosa concreta.
Si está en este último caso, debería asesorarse por un abogado
muchas gracias samaruc, pero no me resuelve si el documento es legal o no, ya que los bienes estan en gananciales, el piso se compro en el matrimonio con dinero de ambos, lo que pasa es que para benefiiciar a su hermano, quiere hcerlo propietario por el 25% del mismo, y yo no quiero. Entonces pregunto que si el documento es legal, y su hermano puede ejercer alguna acción legal sobre ese documento. Gracias
No, para vender una propiedad ganancial hace falta el consentimiento de ambos cónyuges, por lo que no es posible que su esposa venda esa parte indivisa si Vd. no lo consiente, salvo que exista un poder.
Hola, en la respuesta anterior di por sentado que se referia a una propiedad privativa. No es así, parece, por lo que todo lo que puse en ese mensaje téngalo por no puesto. Me gustaría detallar algo más la correctísima respuesta de Oquendo porque parece, o me lo parece a mí al leerle, que se refiere a una donación pues dice "darle".
Por un lado está la parte propiedad de su esposa, que si se compró con dinero de ambos no es tal, sino propiedad de ustedes dos. Ahí nada que añadir, sin el consentimiento de ambos ninguno puede donar ni vender su parte.
Pero cuestión distinta es el porcentaje que en el piso pertenezca a su cuñada. Ella sí que puede disponer de su parte, bien vendiéndola, bien donándola. Si la vende ustedes tienen derecho de retracto. Si la dona, no podrá usted oponerse pero deberá hacerse tanto la donación como la aceptación en escritura pública para que sea válida.
No es válido un documento privado. Por resumir porque me temo que quizás le he liado más, suponiendo que ustedes sean propietarios del 50% y su cuñada lo sea del otro 50%, ella puede donar a su hermano en escritura pública un 25%, y el piso pasaría a ser 25% de su cuñada, 25% del hermano beneficiario, y 50% de ustedes dos.
Un saludo
Por dios, que es un documento privado sin que pueda modificar la titularidad de un Registro de la Propiedad.
Para que se modifique la inscripción tendrán que elevarlo a público ante un Notario y si una parte del piso es ganancial y figura en la Nota Simple del Registro de la Propiedad como tal, el Notario se negará a firmar sino consienten los dos cónyuges y en el caso de que no presenten título alguno ante el Notario y se eleve, el Registrador rechazará la inscripción