el caso es que en breve me vence el plazo para deducir demanda tras haber recibido el expediente administrativo y me surgen unas dudas:
- Sobre la documentación se entiende que hay que acompañar aquella en que fundes tu derecho, pero la cuestión que se debate es meramente jurídica y la única documental que me interesa obra en su totalidad en el expediente administrativo.
¿Puedo limitarme a mediante otrosí pedir que en cuanto a prueba esta sea documental, consistente en tener por reproducido el expediente administrativo en su totalidad? Si no como la pido, porque toda la documental esta en el expediente, yo no tengo nada. Aclaro que el asunto me acaba de entrar.
- Como la cuestión es meramente jurídica no voy a pedir vista, pero ¿suele interesar pedir trámite de conclusiones o pido directamente sentencia? No he llevado hasta ahora mucho administrativo y no se si interesa o no pedir conclusiones a nivel práctico, especialmente en un caso como este que es meramente jurídico y con el expediente y la documental que hay en él pueden resolver perfectamente.