Tengo un atico con zona exclusiva de cubierta, antes de que el edificio estuviera terminado los vecinos firmaron un documento en el que consentian la realización de trasteros en dicha cubierta,ahora me han demandado para que los tire.Necesitaria a ver si alguno encontrais jurisprudencia al respecto o podeis darme alguna idea u opinion sobre este asunto
Al comprar el edificio los vecinos firman un documento privado en el que aceptan la realización de los trasteros, y despues, al constituirse en comunidad, sorprendentemente y amparándose en la ley de propiedad horizontal presentan demanda con el fin de derribarlos. La verdad es que no entiendo con que fin, seguramente el unico fin sea fastidiarme y lo peor es que lo estan consiguiendo. Yo soy abogada y pienso hacer este juicio aunque todo el mundo me dice que no lo haga y se lo deje a un compañero, pero es una cuestion de orgullo. Gracias
¿Elevo a publico el documento?¿Lo registro en el registro de la Propiedad.? ¿Pidio licencia de obras al Ayuntamiento?
¿ aparece que la zona exclusiva de la Cubierta le pertenece al atico en la Escritura de División horizontal y Obra nueva?
Trasteros no incluidos inicialmente en la escritura:
La configuración de unos trasteros olvidados en la escritura inicial de consitutiicón de la propiedad horizontal como anejos de elementos privativos implica una modificación del titulo constitutivo_ art 5lph- que presupone el acuerdo unánime de todos los propietarios, pues, al no haber sido aquéllos trasteros inicialmente incluiods entre los elementos privativos, tienen el carácter de elementos comunes del edificio constituido en régimen de propiedad horizontal, arts 396 del CC y 3 y ss de LPH. si que pueda alegarse que la modificación custionada fue otorgada por quienes en su día ostentaban la propiedad de esos elementos privativos, por cuanto, para los titulares actuales, no producen efecto aquéllas modificaciones del título constitutivo que no hubieran sido inscritas oportunamente arts 5 LPH y 1, 34 y 38 LH (DGRN R 19 de febrero de 1999)
Gracias, Justa, a tus preguntas te aclaro que Los trasteros estan legalizados urbanisticamente y que si aparece que la zona de la cubierta de uso exclusivo pertenece al atico tanto en la escritura de división horizontal como en la de obra nueva.