Estimados compañeros, interpondré un recuros conencioso contra dos infracciones de tráfico cometidos por el mismo conductor, misma fecha y hora. Debo interponer dos recursos o acumularlo en uno solo. Gracias.
Depende de quién sea el órgano sancionador en cada una de ellas. Si es el mismo no veo inconveniente en realizar un solo escrito recurriendo ambos expedientes.
Gracias Kapital, es lo que pensaba ¿cómo puedo justificar mi recurso? Las dos sanciones son practicamente la misma infracción, conducir de forma temeraria no atendiendo atendiendo las señales de la Guardia Civil. Es pero no abusar pero a diferencia de mí, veo que dominas el tema. Gracias de antemano
Disculpa que me entrometa pero ¿quieres decir que han calificado la conduccion de temeraria, por no obedecer las señales de los agentes que regulan la circulacion?
Supongo que no, que te han sancionado por una conduccion temeraria, y al mismo tiempo por no obedecer las señales de los agentes. Ambas conductas no son la misma. La primera se considera infraccion muy grave y se regula en el 3.1 RGC, la segunda es grave y se regula en el 143 RGC. Al recurrirlas, logicamente tienes que emplear argumentos diferentes en cuanto a los fundamentos de hecho.
Lo que si te digo es que la conduccion temeraria tiene que detallar cuales son las circunstancias concretas que permiten calificarla como tal.