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Doble Comisión en Compra de Inmueble

1 Comentarios
 
11/04/2006 13:28
El Código de rcio establece en su artículo que El comisionista estará obligado a rendir, con relación a sus libros, cuenta específica y justificada de las cantidades que percibió para la comisión, reintegrando al comitente, en el plazo y forma que éste le prescriba, del sobrante que resulte a su favor.

Yo interpreto que sí que puede.

Salvo mejor opinión, claro

Saludos
Doble comisión en compra de inmueble
11/04/2006 11:46
En la compra de una propiedad inmobiliaria. Una de las partes tiene un contrato de comisión. El comisionista contrata en su propio nombre.

¿Puede el comisionista cobrar la comisión a ambas partes?


Gracias