El artículo 770, 5º te dice que en cualquier momento del procedimiento podéis interesar el cambio de procedimiento a mutuo acuerdo cumpliendo los requisitos del artículo 777, es decir, presentando el convenio regulador para ratificarlo ante el Juzgado. En este caso lo que se suele hacer es un escrito conjunto de procuradores presentando el convenio y pidiendo el cambio de procedimiento.
Si esta fase se está produciendo antes de que finalice el plazo de contestación a la demanda, habla con el abogado contrario porque él mismo podría presentar el escrito solicitando la transformación del procedimiento o bien pedir la suspensión (siempre remitiéndote copia del escrito sellada con su presentación para tu constancia pues estás dentro de un plazo) para redactar el convenio regulador.
divorcio iniciado de mutuo acuerdo, en el que falta la posterior ratificación de uno de los cónyuges. Archivada la causa, uno de ellos inicia divorcio contencioso. Cómo lo transformo nuevamente en consensual? En la contestación a la demanda, muestro mi conformidad y solicito la transformación en consensual, o necesariamente debemos presentar la petición conjunta de ambos cónyuges?Por favor, me urge contestación.