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divorcio

8 Comentarios
 
Divorcio
15/11/2007 11:10
Alguien me puede ayudar, una pareja separada que se quiere divorciar de mutuo acuerdo, que documentos necesito pedirles y cuales son los trámites a realizar.
Gracias
15/11/2007 13:23
Hola principiante, el tema es tan sencillo que hasta yo me atrevo a darte consejo...de hecho estoy tramitando varios divorcios así ahora mismo, veras solo necesitas redactar nuevo convenio matrimonial, o copiar nuevamente el que ya pactaron con la separación y presentarlo como nuevo.si hay hijos menores no te compliques, respeta el convenio que ya tenían y listos a no ser que pacten algo diferente de mutuo acuerdo,...lo mismo respecto de pensiones compensatorias, alimenticias y uso de la vivienda habitual...si estan de acuerdo no hay problema.

en cuanto a la demanda simplemete debes aportar el convenio firmado, y las partidas de matrimonio y de nacimiento de los hijos si los hubiera....

Posteriormente les citaran para ratificarse y listos...

Sencillo verdad??un saludo
15/11/2007 14:43
muchas gracias nebur245, tenia dudas sobre si aportar de nuevo el certificado de matrimonio, en cuanto al juzgado supongo que será el mismo que tramitó la separación?.
Gracias
15/11/2007 16:23
Si si debes volver a presentar copia de los certificados de matrimonio, en cuanto al juzgado la verdad es que no lo se, yo se lo pregunto siempre a la procuradora y ella ya se encarga de estas cosas....pero creo que no tiene pq ir al mismo juzgado, tu lo diriges al "Juzgado" y creo que se repartirá como cualquier otro asunto al que por turno corresponda...sinó es así que alguien me rectifique y si tu te enteras de algo me ínformas ok???Que tengo un divorcio de unos que llevan más de 2 años separados y tenia intención de presentarlo en la forma que te expongo...

un saludo
15/11/2007 16:27
nebur254 y Principiante:

El divorcio se debe tramitar ante elmismo juzgado en el cual se tramitó la separación, es una regla de COMPETENCIA OBJETIVA. Si no lo haces así el juzgado se inhibirá a favor de quien conoció el asunto: Prior in tempore, prior in iure...
15/11/2007 17:49
Admabogado, tu no sabias donde tirar el latinajo y el primer sitio que te ha parecido apropiado ahí lo has puesto. Ese principio corresponde al derecho registral, si te fijas en los sellos que ponen en los Registros de la Propiedad y en la placa del Registrador lo podrá observar y significa “primero en el tiempo preferido en el derecho” que es el principio que rige el Registro de la Propiedad y nada tiene que ver con la competencia de los tribunales.

El segundo error que cometes es el de la competencia. El tribunal competente, cuando son divorcios de mutuo acuerdo corresponde al lugar del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes Art 769.2 LEC y la Competencia Objetiva corresponde al Juzgado de Primera Instancia o de Familia si existe y va por turno de reparto, lo que significa, que si la demanda se interpone en el mismo lugar que se interpuso la de separación, puede que le corresponda por turno de reparto o puede que no le corresponda al que anteriormente resolvió sobre la separación, pero en ningún caso, viene obligado a resolver el divorcio el juzgado que previamente resolvió la separación.

El tercer error es hablar de inhibitoria, cuando la nueva ley de enjuiciamiento civil la ha suprimido, quedando únicamente la Declinatoria. (Exposición de Motivos)
16/11/2007 09:48
Buenas a todos admabogado y iura gracias a ambos, a ver si aclaramos esta polémica, hoy tengo que ir al Juzgado y si puedo hablar con la procuradora se lo preguntaré para que lo aclare, aunque como dije creo que va al Juzgado que por turno corresponda y por tanto doy mi voto a favor de las teorias de iura...un saludo
19/11/2007 08:06
nebur245, me puedes decir como le has asignado la procuradora, mediante notario o apud acta, que pasos has seguido. Como veis estoy un poco perdido.
Gracias
19/11/2007 11:40
Buenos dias principiante, en principio da lo mismo deja que elija el cliente si es un cliente habitual y le llevas más cosas pide poder para pleitos que por lo que vales ya lo tienes hecho, si solo es el divorcio, hazlo apud acta, pq le ahorras el notario y siempre se agradece reducir gastos.....saludos